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NOVEDADES 2014: INTERVENCIÓN

PREVIA Y REGISTRO CONTABLE DE

FACTURAS

Intervención previa

A principios de 2014 se dicta la

Resolución

de 14 de enero de 2014

,

de la Intervención

General de la Administración del Estado,

por la que se publica el Acuerdo del Con-

sejo de Ministros de 20 de diciembre de

2013, sobre régimen de control económi-

co-financiero aplicable por la Intervención

General de la Administración del Estado a

determinados organismos públicos.

A efectos prácticos, ello significa que des-

de su entrada en vigor el 1 de mayo de

2014 cambia el sistema de contabilización

de las hasta entonces denominadas ope-

raciones comerciales, tanto en el lado de

ingresos (en nuestro caso el canon de re-

gulación y la tarifa de utilización del agua),

que pasan a registrarse en el Presupuesto

de Ingresos, junto al resto de los derechos

tributarios del Organismo, como en el lado

de gastos, en el que resulta especialmen-

te afectado el Capítulo 2 del Presupuesto,

que tiene que dar cabida a las importantes

dotaciones por consumo de electricidad

de las presas que hasta la fecha se con-

tabilizaban sin restricción presupuestaria.

Y, además, con la misma fecha cambia el

procedimiento de fiscalización de las ope-

raciones económicas del Organismo que

supongan gastos, pagos y, en general,

inversión y aplicación de los fondos públi-

cos, que desde entonces está sujeto a la

función interventora de la IGAE como nue-

va modalidad de control respecto de los

actos realizados. La función interventora

es un control previo que se ejecuta en el

momento inmediatamente anterior a que

se apruebe por la autoridad competente al

acto correspondiente, y comprende:

a) La fiscalización previa de los actos que

reconozcan derechos de contenido

económico, aprueben gastos, adquie-

ran compromisos de gasto o acuerden

movimientos de fondos y valores.

b) La intervención del reconocimiento de

las obligaciones y de la comprobación

de la inversión.

c) La intervención formal de la ordenación

del pago.

d) La intervención material del pago.

Respecto de la fiscalización previa e inter-

vención de los derechos e ingresos del

Tesoro Público, ha de tenerse en cuenta

que la misma es sustituida por las compro-

baciones efectuadas en el ejercicio del

control financiero permanente y la audito-

ría pública. Pero esta sustitución no alcanza

a los actos de ordenación del pago y pago

material derivados de devolución de in-

gresos indebidos, que estarán sujetos a la

correspondiente intervención previa.

Registro contable de facturas y factura

electrónica

A finales de 2013 se publica la

Ley 25/2013

,

de 27 de diciembre, de impulso de la fac-

tura electrónica y creación del registro

contable de facturas en el Sector Públi-

co. La implantación de los procedimientos

previstos en esta Ley permitirá agilizar los

procedimientos de pago al proveedor y

dar certeza de las facturas pendientes de

pago existentes. El control informatizado

y sistematizado de las facturas favorecerá

un seguimiento riguroso de la morosidad

a través de un indicador, el periodo me-

dio de pagos, que visualizará el volumen

de deuda comercial de la Confedera-

ción. En el primer informe disponible de la

Subdirección General de Gestión Conta-

ble del Ministerio de Hacienda ha cifrado

el período medio de pago mensual de la

Confederación en 21,79 días.

El proveedor que haya expedido la factura

por los servicios prestados o bienes entrega-

dos a la Confederación, tendrá la obligación,

a efectos de lo dispuesto en esta Ley, de

presentarla ante un registro administrativo,

en los términos previstos en el artículo 38

de la

Ley 30/1992

, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrati-

vo Común, en el plazo de treinta días desde

la fecha de entrega efectiva de las mercan-

cías o la prestación de servicios. El Registro

Contable de Facturas del Organismo está

integrado en el Sistema de Información Con-

table (SIC) de la Confederación.

En cuanto a la factura electrónica, desde

el 15/01/2015, todos los proveedores que

hayan entregado bienes o prestado ser-

vicios a la Confederación podrán expedir

y remitir factura electrónica. En todo caso,

las sociedades anónimas estarán obliga-

das al uso de la factura electrónica y a su

presentación a través del punto general

de entrada (excepto las facturas menores

de 5.000 euros, que podrán seguir pre-

sentándose en papel).

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir | Memoria de Actividades 2014

SECRETARÍA GENERAL

página 146

Resumen ejecutivo

Resumen ejecutivo

PRESUPUESTO DE GASTOS. RESUMEN DE EJECUCIÓN

CRÉDITO TOTAL

OBLIGACIONES

Capítulo 1

27.147.840,00

21.362.456,32

Capítulo 2

27.981.748,25

24.712.847,63

Capítulo 3

266.481,75

14.549,77

Capítulo 4

5.880,00

0,00

Capítulo 6

197.580.000,00

93.378.266,26

Capítulo 7

8.863.360,00

6.581.665,73

Capítulo 8

162.040,00

160.450,00

Capítulo 9

135.744.000,00

2.968.771,20