NOVEDADES 2014: INTERVENCIÓN
PREVIA Y REGISTRO CONTABLE DE
FACTURAS
Intervención previa
A principios de 2014 se dicta la
Resolución
de 14 de enero de 2014
,
de la Intervención
General de la Administración del Estado,
por la que se publica el Acuerdo del Con-
sejo de Ministros de 20 de diciembre de
2013, sobre régimen de control económi-
co-financiero aplicable por la Intervención
General de la Administración del Estado a
determinados organismos públicos.
A efectos prácticos, ello significa que des-
de su entrada en vigor el 1 de mayo de
2014 cambia el sistema de contabilización
de las hasta entonces denominadas ope-
raciones comerciales, tanto en el lado de
ingresos (en nuestro caso el canon de re-
gulación y la tarifa de utilización del agua),
que pasan a registrarse en el Presupuesto
de Ingresos, junto al resto de los derechos
tributarios del Organismo, como en el lado
de gastos, en el que resulta especialmen-
te afectado el Capítulo 2 del Presupuesto,
que tiene que dar cabida a las importantes
dotaciones por consumo de electricidad
de las presas que hasta la fecha se con-
tabilizaban sin restricción presupuestaria.
Y, además, con la misma fecha cambia el
procedimiento de fiscalización de las ope-
raciones económicas del Organismo que
supongan gastos, pagos y, en general,
inversión y aplicación de los fondos públi-
cos, que desde entonces está sujeto a la
función interventora de la IGAE como nue-
va modalidad de control respecto de los
actos realizados. La función interventora
es un control previo que se ejecuta en el
momento inmediatamente anterior a que
se apruebe por la autoridad competente al
acto correspondiente, y comprende:
a) La fiscalización previa de los actos que
reconozcan derechos de contenido
económico, aprueben gastos, adquie-
ran compromisos de gasto o acuerden
movimientos de fondos y valores.
b) La intervención del reconocimiento de
las obligaciones y de la comprobación
de la inversión.
c) La intervención formal de la ordenación
del pago.
d) La intervención material del pago.
Respecto de la fiscalización previa e inter-
vención de los derechos e ingresos del
Tesoro Público, ha de tenerse en cuenta
que la misma es sustituida por las compro-
baciones efectuadas en el ejercicio del
control financiero permanente y la audito-
ría pública. Pero esta sustitución no alcanza
a los actos de ordenación del pago y pago
material derivados de devolución de in-
gresos indebidos, que estarán sujetos a la
correspondiente intervención previa.
Registro contable de facturas y factura
electrónica
A finales de 2013 se publica la
Ley 25/2013
,
de 27 de diciembre, de impulso de la fac-
tura electrónica y creación del registro
contable de facturas en el Sector Públi-
co. La implantación de los procedimientos
previstos en esta Ley permitirá agilizar los
procedimientos de pago al proveedor y
dar certeza de las facturas pendientes de
pago existentes. El control informatizado
y sistematizado de las facturas favorecerá
un seguimiento riguroso de la morosidad
a través de un indicador, el periodo me-
dio de pagos, que visualizará el volumen
de deuda comercial de la Confedera-
ción. En el primer informe disponible de la
Subdirección General de Gestión Conta-
ble del Ministerio de Hacienda ha cifrado
el período medio de pago mensual de la
Confederación en 21,79 días.
El proveedor que haya expedido la factura
por los servicios prestados o bienes entrega-
dos a la Confederación, tendrá la obligación,
a efectos de lo dispuesto en esta Ley, de
presentarla ante un registro administrativo,
en los términos previstos en el artículo 38
de la
Ley 30/1992
, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrati-
vo Común, en el plazo de treinta días desde
la fecha de entrega efectiva de las mercan-
cías o la prestación de servicios. El Registro
Contable de Facturas del Organismo está
integrado en el Sistema de Información Con-
table (SIC) de la Confederación.
En cuanto a la factura electrónica, desde
el 15/01/2015, todos los proveedores que
hayan entregado bienes o prestado ser-
vicios a la Confederación podrán expedir
y remitir factura electrónica. En todo caso,
las sociedades anónimas estarán obliga-
das al uso de la factura electrónica y a su
presentación a través del punto general
de entrada (excepto las facturas menores
de 5.000 euros, que podrán seguir pre-
sentándose en papel).
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir | Memoria de Actividades 2014
SECRETARÍA GENERAL
página 146
Resumen ejecutivo
Resumen ejecutivo
PRESUPUESTO DE GASTOS. RESUMEN DE EJECUCIÓN
CRÉDITO TOTAL
OBLIGACIONES
Capítulo 1
27.147.840,00
21.362.456,32
Capítulo 2
27.981.748,25
24.712.847,63
Capítulo 3
266.481,75
14.549,77
Capítulo 4
5.880,00
0,00
Capítulo 6
197.580.000,00
93.378.266,26
Capítulo 7
8.863.360,00
6.581.665,73
Capítulo 8
162.040,00
160.450,00
Capítulo 9
135.744.000,00
2.968.771,20