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Confederación Hidrográfica del Guadalquivir | Memoria de Actividades 2014

COMISARÍA DE AGUAS

página 98

Resumen ejecutivo

Resumen ejecutivo

Recepción de los recursos administrati-

vos presentados contra las resoluciones

sancionadoras, comunicación a la Se-

cretaría General del Organismo de las

solicitudes de suspensión de la eje-

cución de la resolución y remisión al

servicio encargado de la resolución del

recurso.

Tramitación de los emplazamientos

ante los tribunales por asuntos relacio-

nados con expedientes sancionadores,

remisión de copia cotejada de los

expedientes y realización de los em-

plazamientos al resto de interesados, si

los hubiera.

Contestación a peticiones de prueba,

testimoniales o informes por parte de

los tribunales o juzgados por asuntos

relacionados con expedientes sancio-

nadores.

Recepción, archivo y comunicación

de sentencias para su ejecución por

asuntos relacionados con expedientes

sancionadores.

Realización de informes para otros

organismos del Estado, administracio-

nes y dentro del Organismo para otras

áreas (Fiscalía, Abogacía del Estado,

Defensor del Pueblo, Administración

local o autonómica y Secretaría Gene-

ral de la CHG).

Realización de informes para el minis-

terio para la resolución de recursos

administrativos interpuestos contra ex-

pedientes sancionadores graves y muy

graves.

E

l Servicio de Comunidades de Usuarios

desempeña su actividad dentro de la

Comisaría de Aguas con dependencia in-

mediata del Área de Régimen de Usuarios.

Sus funciones principales consisten en la

constitución, modificación, segregación,

fusión o disolución de las comunidades

de regantes, según lo dispuesto en los

arts.81 a 91 del Texto Refundido de la

Ley

de Aguas

y 198 a 231 del

Reglamento de

Dominio Público Hidráulico

.

Asimismo, también se encarga de la re-

solución de los recursos administrativos

interpuestos por los regantes y usuarios

contra las resoluciones adoptadas por los

órganos de las propias comunidades de

usuarios en su condición de corporacio-

nes de derecho público.

Respecto a la tramitación de asuntos co-

rrespondientes a las comunidades de

usuarios hay que reseñar la peculiaridad

que existe en los mismos, pues aquélla

se encuentra permanentemente abierta,

dada la naturaleza “viva” de dichas comu-

nidades que se encuentran en permanente

actividad y cuyo resultado debe plasmar-

se en la correspondiente documentación

a aportar en la CHG.

Asimismo, muchos expedientes se en-

cuentran pendientes de trámite por la

inactividad de los interesados en la cum-

plimentación de requisitos de preceptivo

cumplimiento solicitados a instancia del

Organismo. En otros casos, se hace nece-

sario el informe correspondiente del Área

2.

COMUNIDADES DE USUARIOS

de DPH a los efectos de comprobar la ti-

tularidad de la concesión correspondiente

como requisito imprescindible en la consti-

tución de las comunidades.

De otra parte, es reseñable la novedad que

ha supuesto el inicio de los trámites por

parte de este servicio de las solicitudes de

acceso a los datos catastrales por parte de

las comunidades de regantes. Éstas, como

Corporaciones de derecho público que son,

tendrán acceso a la información catastral

protegida, a través de la administración de la

que dependan según lo dispuesto en el art.

53.2.d) del

Real Decreto legislativo 1/2004

,

de 5 demarzo por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario,

siendo ésta, en este caso, la Confedera-

ción Hidrográfica del Guadalquivir. Por tanto,

el acceso a la Sede Electrónica del Catas-

tro (SEC) con el fin de consultar los datos

catastrales necesarios para esa comunidad

se hace a través de usuarios registrados en

dicha sede por la propia Confederación Hi-

drográfica del Guadalquivir.

Por su interés jurídico, resaltar también la

resolución de expedientes relativos a la

solicitud de salida de comuneros de las co-

munidades de regantes, la constitución de

comunidades con usos privativos de aguas,

las competencias del Organismo de cuenca

en la resolución de recursos contra actos de

liquidación y recaudación de las comunida-

des de regantes a los usuarios en concepto

de ingresos de derecho público, así como

la tramitación de expedientes inconclusos

por la Junta de Andalucía, después de la re-

versión de las competencias en favor del

Estado sobre la totalidad de la cuenca.