Riesgos de inundación
Gestión de los riesgos de inundación
Las inundaciones en España constituyen un riesgo natural que a lo largo del tiempo ha producido graves daños tanto materiales como en pérdida de vidas humanas. De hecho, las inundaciones son la catástrofe natural que mayor daño provoca en nuestro país: el número de víctimas mortales en el periodo 1995-2012 ascendió a 306 fallecidos y la cuantía de los daños anuales rondan los 800 millones de euros de media.
Con el fin de paliar estos daños y hacer frente a los efectos adversos de las inundaciones, la Comisión Europea aprobó en noviembre de 2007 la Directiva 2007/60, sobre la evaluación y gestión de las inundaciones (Directiva Inundaciones), que ha sido transpuesta a la legislación española mediante el Real Decreto 903/2010 de evaluación y gestión de riesgos de inundación. La implantación de esta Directiva supone una oportunidad para mejorar la coordinación de todas las administraciones a la hora de reducir estos daños, centrándose fundamentalmente en las zonas con mayor riesgo de inundación.
La Directiva de Inundaciones establece tres etapas de trabajo, que se han de desarrollar en este orden:
En el caso de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, la situación en relación a esta Directiva es la siguiente:
Evaluación preliminar del riesgo de inundación (EPRI)
Primer ciclo
En cumplimiento del mandato establecido en la Directiva 2007/60/CE, traspuesta a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), con la colaboración de los Servicios de Protección Civil de las Comunidades Autónomas y de la Administración General del Estado, realizó en 2013 la evaluación preliminar del riesgo de inundación en el ámbito de las Demarcaciones Hidrográficas del Guadalquivir, Ceuta y Melilla, con el fin de identificar las zonas con mayor riesgo de inundación, conocidas como Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI).
Por otra parte la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, también realizó la evaluación del riesgo de inundación originado por el mar en las zonas costeras, identificando así las ARPSI de origen marino.
El resultado de ambos trabajos, sintetizado en el documento denominado "Evaluación preliminar del riesgo de Inundación en la Demarcaciones Hidrográficas del Guadalquivir, Ceuta y Melilla. Memoria y anejos", fue sometido a consulta pública mediante su exposición en la página web de la CHG e informado favorablemente por la Comisión Nacional de Protección Civil previamente a su envío a la Comisión Europea.
Para conocimiento público, se expone en esta página WEB la documentación definitiva del primer ciclo.
Segundo ciclo
De acuerdo con el apartado 1 del artículo 21 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación, la evaluación preliminar de riesgo de inundaciones se actualizará a más tardar el 22 de diciembre de 2018, y a continuación cada seis años.
A tales efectos, se expone en esta página WEB la documentación de la revisión y actualización de la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación correspondiente al segundo ciclo de planificación de la gestión del riesgo de inundación de las Demarcaciones Hidrográficas del Guadalquivir, Ceuta y Melilla, una vez finalizado el correspondiente período de consulta pública.
Elaboración de los Mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación (MAPRI)
Primer ciclo
Esta segunda etapa de la Directiva consiste en la elaboración, para cada ARPSI, de los mapas de peligrosidad de inundación (cálculo de la superficie inundable y calados) y de riesgo de inundación (incorporación de los usos del suelo y de las principales daños esperados a esta superficie inundable).
Los mapas mencionados muestran las consecuencias adversas potenciales de las inundaciones en las ARPSIs, para tres escenarios de probabilidad: alta, media y baja. Los escenarios están asociados a periodos de retorno de 10, 100 y 500 años respectivamente, aunque también se han elaborado las zonas inundables para el período de retorno de 50 años y las zonas de flujo preferente.
Esta etapa se divide en dos fases, según el origen de la inundación de las ARPSIs (inundación marina y de origen fluvial).
El acceso y la descarga de los documentos definitivos que conforman los Mapas de Peligrosidad y Riesgo asociados a inundaciones costeras y de origen fluvial del primer ciclo de las Demarcaciones Hidrográficas del Guadalquivir, Ceuta y Melilla, y que fueron sometidos a consulta pública durante un período de TRES MESES, pueden consultarse y descargarse tanto en esta página web como en el visor SNCZI.
Segundo ciclo
De acuerdo con el apartado 2 del artículo 21 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación, los mapas de peligrosidad por inundaciones y los mapas de riesgo de inundación se revisarán, y si fuese necesario, se actualizarán a más tardar el 22 de diciembre de 2019 y, a continuación cada seis años.
Una vez sometidos a consulta pública (1 de agosto 2019 - 1 de noviembre 2019) y finalizado este periodo, los Mapas de Peligrosidad y Riesgo asociados a las nuevas Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs) identificadas en la revisión de la evaluación preliminar del riesgo de inundación, pueden consultarse y descargarse los documentos definitivos tanto en esta página web como en el visor SNCZI.
Revisión primer ciclo
Adicionalmente, y también de acuerdo a lo indicado en el artículo 21 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, se detectó la necesidad de proceder a la revisión y/o actualización de determinadas Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs) declaradas durante el primer ciclo. Fueron sometidas a consulta pública por un periodo de TRES MESES, la parte de los documentos que conforman los Mapas de Peligrosidad y Riesgo asociados a dichas ARPSIs, todas ellas de origen fluvial y pertenecientes a las Demarcaciones Hidrográficas del Guadalquivir y Melilla. Estos documentos también pueden consultarse y descargarse tanto en esta página web como en el visor del SNCZI.
Elaboración de los planes de gestión del riesgo de inundación (PGRI)
Esta tercera etapa de la Directiva es la herramienta clave de la Directiva, que fijará para cada ARPSI sus objetivos de gestión del riesgo de inundación, y de acuerdo con cada administración competente, las actuaciones a realizar
Los planes de gestión tendrán como objetivo lograr una actuación coordinada de todas las administraciones públicas y la sociedad para reducir las consecuencias negativas de las inundaciones, basándose en los programas de medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el ámbito de sus competencias para alcanzar el objetivo previsto.
Resumen de la Implantación de la Directiva 2007/60 de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación en la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, Ceuta y Melilla:
Primer ciclo
El proceso de Información Pública de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación de primer ciclo de las DDHH de Guadalquivir, Ceuta y Melilla, comenzó el 30 de diciembre de 2014. Durante dicho periodo de Consulta Pública se recibieron diversas alegaciones, que se estudiaron y contestaron debidamente; algunas de ellas se tuvieron en consideración, de tal forma que ocasionaron modificaciones en los documentos finales.
Continuando con el proceso de aprobación definitiva, el Consejo Nacional del Agua informó favorablemente los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación, el día 30 de septiembre de 2015. Previamente, los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación habían sido elevados al Comité de Autoridades Competentes y a la Comisión Nacional de Protección Civil.
Finalmente, los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación del primer ciclo de las DDHH de Guadalquivir Ceuta y Melilla, fueron aprobados por el Real Decreto 18/2016, de 15 de enero, y publicado en el BOE el 22 de enero de 2016; http://www.boe.es/boe/dias/2016/01/22/pdfs/BOE-A-2016-604.pdf
El acceso y la descarga de los documentos definitivos que conforman los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación del primer ciclo de las Demarcaciones Hidrográficas del Guadalquivir, Ceuta y Melilla, pueden consultarse y descargarse tanto en esta página web, como en el visor del SNCZI
Segundo ciclo
De acuerdo con el apartado 3 del artículo 21 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación, los planes de gestión del riesgo de inundación, incluidos los componentes indicados en la parte B del anexo, se revisarán y se actualizarán a más tardar el 22 de diciembre de 2021 y, a continuación, cada seis años.
A tales efectos, y para dar cumplimento al apartado 3 del artículo 13. "Procedimiento de elaboración y aprobación de los planes", referente a la información pública los documentos borradores de estos planes estuvieron expuestos en esta página web durante un plazo de 3 meses (a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio correspondiente en el BOE de 22 de junio de 2021) desde el 23 de junio de 2021 hasta el 22 de septiembre de 2021. Durante dicho periodo de Consulta Pública se recibieron diversas alegaciones, que se estudiaron y contestaron debidamente; algunas de ellas se tuvieron en consideración, de tal forma que ocasionaron modificaciones en los documentos finales.
Continuando con el proceso de aprobación definitiva, los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación fueron elevados al Comité de Autoridades Competentes el 21 de diciembre de 2021 donde se adoptó el acuerdo de informar favorablemente los mismos.
Dichos planes han sido remitidos también a la Comisión Nacional de Protección Civil y como último paso elevados al Consejo Nacional del Agua para recibir informe de los mismos.
El acceso y la descarga de los documentos actuales que conforman los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación del segundo ciclo de las Demarcaciones Hidrográficas del Guadalquivir, Ceuta y Melilla, pueden consultarse y descargarse tanto en esta página web, como en el visor del SNCZI.